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Jueves, 10 de Diciembre de 2020 Tiempo de lectura:

Así es la vuelta del público al deporte amateur

Las instalaciones deportivas pueden abrir sus gradas desde el 10 de diciembre

Según publica el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGVA Núm 8968 / 5.12.2020):

 

En cuanto a la asistencia de público

  • La celebración de los eventos deportivos, entrenamientos o competiciones deportivas no profesionales que se celebren en instalaciones deportivas podrán desarrollarse con un aforo de público máximo del 30 %, y con un límite de 150 personas asistentes.

    • Los acontecimientos deportivos o competiciones deportivas que se realizan al aire libre en espacios naturales o en la vía pública, tendrán que desarrollarse evitando las aglomeraciones de público. En cualquier caso, la celebración de estos eventos que se celebren al aire libre en espacios naturales o en la vía pública, podrán desarrollarse con un aforo de público máximo del 30 %, siempre y cuando no se supere el límite de 150 personas asistentes.
    • En caso de instalaciones provisionales de graderías o delimitación de espacios reservados al público, se establecerá un límite aforo de público máximo del 30 %, con un límite de 150 personas asistentes. El público que de manera espontánea pudiera acudir a presenciar el acontecimiento tendrá que respetar, en todo caso, la distancia de seguridad establecida por las autoridades sanitarias. En los eventos deportivos, entrenamientos o competiciones deportivas que se celebren en instalaciones deportivas o al aire libre en espacios naturales o en la vía pública, no podrán participar más de 150 personas deportistas.

 

En cuanto a la realización de deporte

  • Se podrán realizar actividades físicas en instalaciones abiertas o cerradas, sin contacto físico, manteniendo la distancia de seguridad y con un aforo máximo del 30 %. La actividad física podrá realizarse en grupo, con un máximo de 30 personas, y sin superar el 30 % del aforo del espacio delimitado para la actividad grupal. Podrán realizarse actividades físicas grupales en la vía pública, sin contacto físico, manteniendo la distancia de seguridad y en grupos máximos de 30 personas.
  • Se deberá garantizar la ventilación de las instalaciones y respetar las medidas de seguridad interpersonal. Se permitirá el uso de vestuarios, manteniendo la distancia de seguridad.
  • No se permitirá el uso de duchas. Se respetarán las medidas generales y adicionales de higiene comunes a todas las actividades.
  • Se incluyen en estas actividades las desarrolladas en centros, clubs, gimnasios, centros de entrenamiento, complejos deportivos, estadios, pabellones, canchas, campos de golf, boleras, pistas para carreras, o centros de pilates, yoga y similares.
  • Se pueden realizar actividades en el medio natural en grupos de hasta 30 personas.

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