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Sábado, 07 de Noviembre de 2020 Tiempo de lectura:
Preguntas frecuentes

¿Hasta qué hora puedo permanecer en bares, restaurantes y locales de copas?

En Onda ya se aplicaban restricciones especiales desde mediados de octubre

El Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGVA) publicó el viernes 6 de noviembre la Resolución núm. 8946 del 06/11/2020 con las nuevas medidas que se aplicarán hasta las 23.59 h del día 9 de diciembre. Son para toda la Comunitat Valenciana y anula las restricciones especiales dictadas el 29 de octubre para Onda y otras localidades. Las nuevas reglas un no suponen un gran cambio respecto a las anteriores que había en el municipio azulejero.

La nueva norma en vigor no contempla la franja horaria para la hostelería, sin embargo el president de la Generalitat, Ximo Puig, recordó la vigencia de la restricción de la movilidad nocturna hasta el 9 de diciembre, entre las 12 de la noche y las 6 de la mañana. De esta forma la hostelería pude abrir desde las seis de la mañana hasta las doce de la noche.

 

MEDIDAS PARA LA HOSTELERÍA:
(Resolución del DOGVA: Núm. 8946 del 06/11/2020)

1.8. Medidas relativas a los establecimientos de hostelería y restauración.

  • 1.8.1. Se suspende la actividad de los locales de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo. Y se suspende también la realización de karaokes y actuaciones esporádicas o amateur de canto en los establecimientos de restauración y hostelería.
  • 1.8.2. El consumo en el interior del local no podrá superar 1/3 del aforo. Y el consumo en las terrazas no podrá superar el 50 % del aforo.
  • 1.8.3. No se permiten los servicios tipo self-service o bufet.
  • 1.8.4. No se permitirá el consumo colectivo o en grupo, de bebidas en la calle o en espacios públicos ajeno a los establecimientos de hostelería o similares.

 

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