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Miércoles, 01 de Octubre de 2025 Tiempo de lectura:

Tu aseguradora debe pagarte intereses si se retrasa en un siniestro

Cuando sufrimos un accidente o un siniestro, solemos confiar en que nuestra aseguradora responderá con rapidez. Sin embargo, la realidad es que no siempre cumplen con los plazos que marca la ley, y aquí es donde muchos asegurados desconocen un derecho fundamental: si la compañía se retrasa en el pago, debe abonarte intereses adicionales.


Según el artículo 18 de la Ley del Contrato de Seguro, la aseguradora está obligada a efectuar, dentro de los 40 días siguientes a la declaración del siniestro, el pago del importe mínimo que corresponda. Y no hablamos del día en que ocurrió el accidente, sino del día en que lo declaraste oficialmente a la compañía.


Pero hay más. Si pasan más de tres meses desde que la aseguradora ya dispone de toda la información necesaria y aun así no ha pagado, se aplica automáticamente una penalización en forma de intereses: un 50 % superior al interés legal del dinero vigente. Es decir, si el interés legal se sitúa en un 5 %, la aseguradora tendrá que abonarte un 7,5 % como mínimo.


Este mecanismo está diseñado para proteger al consumidor frente a retrasos injustificados, pero muy pocas personas lo conocen. Y, como puedes imaginar, las aseguradoras rara vez lo mencionan de forma voluntaria.
Por eso, en Grupo Cerdá aconsejamos siempre revisar los plazos y, en caso de demora, exigir lo que legalmente te corresponde. Un buen asesoramiento no solo garantiza que cobres tu indemnización, sino también que percibas los intereses que la ley establece en tu favor.


Si quieres más consejos como este para mejorar tus seguros, escríbenos y te lo enviaremos sin compromiso. En Grupo Cerdá hacemos valer tus derechos, también frente a las aseguradoras.
 

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