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Lunes, 29 de Noviembre de 2021 Tiempo de lectura:

El TSJCV aprueba el Pasaporte Covid en la Comunitat

Se exigirá en locales de ocio y hostelería con un aforo superior a 50 personas

Los magistrados concluyen que “la medida es idónea, necesaria y proporcionada”

[Img #48295]La Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha autorizado  la exigencia del Pasaporte Covid (Certificado de Vacunación) para acceder a locales de ocio y hostelería con aforo superior a 50 personas y para visitar hospitales y residencias, entre otras actividades.

 

Según ha informado el TSJCV, los magistrados concluyen que la medida “es idónea, necesaria y proporcionada porque persigue reducir la transmisión del virus y evitar restricciones de derechos de mayor entidad”.


Estas disposiciones estarán en vigor durante 30 días desde su publicación en el DIari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), por lo que se prevé que sea un requisito indispensable en estos accesos durante las fiestas de Navidad.

 

Del modo que anticipó la semana pasada el president del Consell, Ximo Puig, la exigencia viene precedida por la motivación de “generar espacios más seguros para las personas que estén vacunadas y animar a hacerlo a los que aún no lo hayan hecho”.

 

Dónde se exigirá el pasaporte COVID en la Comunitat Valenciana

  • Pubs y discotecas
  • Bares y restaurante con un aforo de más de 50 personas
  • En visitas a centros hospitalarios y residencias de mayores
  • En eventos donde no se asegure el uso de mascarilla en todo momento, tales como festivales y conciertos.

 

Cómo puede entrar en estos sitios una persona sin pasaporte COVID

  • Presentando una PCR negativa de las 72 h anteriores
  • Presentando una prueba de antígenos de las 48 h antes
  • Con un diagnóstico médico que acredite que ha pasado el COVID-19 en los últimos seis meses 

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