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Viernes, 30 de Octubre de 2020 Tiempo de lectura:
El Consell decreta el cierre perimetral autonómico

Once excepciones para poder salir de la Comunitat

Se puede circular sin problemas sin salir de la región

El Diario Oficial de la Comunidad Valenciana ha publicado este viernes 30 de octubre el decreto por el cual se establecen las restricciones perimetrales comunitarias durante un periodo inicial de siete días naturales por lo que, de no alargarse, estas deberían finalizar el 6 de octubre.

Así, desde las 12 horas del mediodía del viernes 30, queda prohibido entrar o salir de la Comunitat a excepción de las siguientes once situaciones que deben ser “adecuadamente justificadas”:

 

  • la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios.
  • el cumplimiento de obligaciones laborales, profesionales, empresariales, institucionales o legales.
  • la asistencia a centros universitarios, docentes y educativos.
  • el retorno al lugar de residencia habitual o familiar.
  • la asistencia y cuidados a personas mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables.
  • el desplazamiento a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes.
  • actuaciones requeridas o urgentes ante los órganos públicos, judiciales o notariales.
  • renovaciones de permisos y documentación oficial y otros trámites administrativos inaplazables.
  • realización de exámenes o pruebas oficiales inapelables.
  • causa de fuerza mayor o situación de necesidad.
  • cualquier otra actividad de análoga naturaleza.

 

¿Se puede circular sin salir de la Comunidad?
Durante los próximos días no hay ningún impedimento en que la ciudadanía circule libremente siempre y cuando no salgas de los límites autonómicos, a excepción de que se trate de los once supuestos especificados con anterioridad.

 

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