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Lunes, 24 de Febrero de 2020 Tiempo de lectura:

El Ayuntamiento publica las ayudas para adecuar las viviendas a las necesidades de las personas mayores

Ballester: “Nuestros mayores merecen toda nuestra ayuda para que puedan acondicionar sus casas y mejorar su calidad de vida”

El importe máximo de la ayuda será de 4.000 euros para viviendas individuales y de 5.000 euros para edificio plurifamiliar.

[Img #39876]El Ayuntamiento de Onda ha convocado una línea de ayudas para que las personas mayores de 65 años puedan acondicionar sus hogares a las necesidades de accesibilidad y mejorar la seguridad, salubridad, ornato público y ahorro energético. Esta medida responde al compromiso del actual equipo de gobierno por dar solución a las demandas de los mayores para que se les ayude a adaptar sus inmuebles, puesto que muchos vecinos tienen problemas de movilidad y vivir en una casa no accesible supone un grave problema.

 

“Nuestros mayores merecen toda nuestra ayuda para que puedan acondicionar sus casas y mejorar su calidad de vida”, ha apuntado la alcaldesa, Carmina Ballester.

 

El importe máximo de la ayuda será de 4.000 euros para viviendas individuales y de 5.000 euros para edificio plurifamiliar o residencial múltiple.

 

Estas ayudas las podrán solicitar los propietarios, arrendatarios o comunidades de vecinos para aquellas viviendas en que estén empadronadas personas mayores de 65 años. La fecha para la presentación de solicitudes expira el 15 de octubre de 2020. Asimismo, las bases completas se pueden consultar en el Boletín Oficial de la Provincia del sábado 15 de febrero.

 

Otras ayudas

En paralelo, el Ayuntamiento también subvencionará la rehabilitación y pintura de fachadas y cubiertas en casas ubicadas en el Centro Histórico Protegido así como para costear el Informe de evaluación de las edificaciones, obligado para aquellas viviendas de más de 50 años de antigüedad, con ayudas de 500 euros para edificios plurifamiliares o residenciales múltiples y de 300 euros para viviendas individuales.

 

Extracto de la Convocatoria para concesión de ayudas económicas en Onda (Castellón) para honorarios de redacción del Informe de evaluación de las edificaciones, adecuación de las viviendas a las necesidades de las personas mayores y rehabilitación y pintura de fachadas y cubiertas en Centro Histórico Protegido, ejercicio 2020


Objeto de la convocatoria: vinculado a tres líneas de ayudas diferenciadas:
-Honorarios redacción del Informe de evaluación de las edificaciones (necesario justificante de incorporación del informe de evaluación del edificio en el registro de la Consellería de fecha posterior al 1 de enero de 2020).
-Obras de rehabilitación y pintura de fachadas y cubiertas en zona clasificada por el PGOU vigente como Centro Histórico Protegido (CHP), incluida carpintería, cerrajería e instalaciones, (con solicitud de licencia o autorización administrativa equivalente posterior al 1 de enero de 2020).
-Obras de adecuación de las viviendas a las necesidades de las personas mayores de 65 años empadronadas en el inmueble, para fomentar la mejora de las condiciones técnicas o funcionales de uso y habitabilidad, accesibilidad, ahorro energético, seguridad, salubridad y ornato públicos (con solicitud de licencia o autorización administrativa equivalente posterior al 1 de enero de 2020).
Beneficiarios: Para las dos primeras líneas de ayudas, los beneficiarios serán:
a) El propietario o propietarios de la vivienda o del edificio, usuario o no del mismo.
b) El arrendatario, usufructuario o residente autorizado de la vivienda, contando con la autorización escrita del propietario.
c) Las comunidades de propietarios del edificio, estén constituidas o no, sean o no usuarios de las viviendas, que cuenten con la aprobación en su junta general de las obras a realizar y de la solicitud de subvención.
Para las ayudas de adecuación de las viviendas a las necesidades de las personas mayores, serán los beneficiarios aquellos que reúnan alguna de las siguientes condiciones:
Ser propietario o propietarios de la vivienda o del edificio, usuario o no del mismo, en cuya vivienda resida una persona mayor de 65 años.
Ser arrendatario, usufructuario o residente autorizado de la vivienda, contando con la autorización escrita del propietario, siempre que sea mayor de 65 años, o resida con él una persona mayor de 65 años.
Tener la condición de comunidades de propietarios del edificio, estén constituidas o no, sean o no usuarios de las viviendas, que cuenten con la aprobación en su junta general de las obras a realizar y la solicitud de subvención siempre que las obras se vinculen a la instalación de ascensores o supresión de barreras arquitectónicas, o cualquier actuación con carácter urgente derivada del IEE y se acredite que existen propietarios o inquilinos de más de 65 años.
Cuantías de las subvenciones:
-Ayudas honorarios redacción IEE: 500 euros para edificios plurifamiliares o residenciales múltiples y 300 euros para viviendas individuales.
-Ayudas adecuación viviendas a las necesidades de personas mayores: Importe máximo de 4.000 euros para vivienda individual y de 5.000 euros para edificio plurifamiliar o residencial múltiple.
-Ayudas rehabilitación y pintura de fachadas y cubiertas en CHP: Hasta el 50% del presupuesto protegible, con el límite máximo de 3.000 euros.
Plazo de presentación de solicitudes: Al día siguiente al de la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Provincia de Castellón, con fecha límite 15 de octubre de 2020.
Plazo justificación ayudas: Hasta 15 de noviembre 2020.
Bases reguladoras y modelos telemáticos de solicitud: Información en Sede electrónica- SAT-Solicitudes y procedimientos-Area de Urbanismo. Enlace: “www.onda.es/ond/web_php/index.php?contenido=subapartados_woden&id_boto=167”.
Dotación económica: Ciento veinte mil euros (120.000,00 euros).
Recursos: Contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante el órgano que lo ha dictado en el plazo de un mes desde el día siguiente al de su publicación, o directamente recurso contencioso- administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Castellón en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. Todo ello de conformidad con la redacción vigente de los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y los artículos 8, 25 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, y sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.

 

Esta nota de prensa ha sido enviada por el autor mencionado. Cualquier equivocación, errata o error de cualquier tipo son responsabilidad de su autor original. Esta nota de prensa se reproduce sólo por difundir la información que contiene.  

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